Asesoramiento fiscal con enfoque jurídico y un encargo bien delimitado
Si necesitas revisar una notificación, entender el impacto fiscal de una operación o preparar una respuesta frente a la Administración, puedes solicitar un estudio de tu caso para definir qué actuación necesitas, qué documentación debe revisarse y qué presupuesto corresponde.
El servicio se dirige a particulares, autónomos y empresas con asuntos fiscales vinculados a Tenerife. La atención puede organizarse a distancia y el trabajo se concreta por escrito antes de empezar: consulta, revisión documental, informe, alegaciones, recurso u otra actuación expresamente aceptada.
Si ya has recibido una notificación, indica la fecha de recepción y adjunta el documento completo. Enviar una consulta no suspende ningún plazo.


Qué puede resolver un asesor fiscal y abogado tributario en Tenerife
Una consulta fiscal útil no empieza por presentar modelos de forma automática, sino por identificar el problema, el impuesto, el ejercicio, la Administración que interviene y el resultado que necesitas. A partir de ahí se puede delimitar una actuación jurídica concreta.
Notificaciones, requerimientos y comprobaciones
Revisión del documento recibido, de los antecedentes y de la información solicitada para decidir si corresponde aportar documentación, formular alegaciones o estudiar una vía de impugnación.
Liquidaciones, sanciones y recaudación
Análisis jurídico de liquidaciones, sanciones, recargos, intereses, providencias y otras actuaciones de cobro, con atención a la fase exacta del expediente y a las opciones todavía disponibles.
IGIC y fiscalidad propia de Canarias
Estudio de cuestiones relacionadas con el IGIC y otros tributos gestionados en Canarias cuando exista una duda jurídica, una discrepancia con la Administración o una operación que requiera valorar su tratamiento fiscal.
Operaciones y planificación fiscal
Revisión previa de compraventas, arrendamientos, sucesiones, donaciones, reorganizaciones u otras operaciones para conocer sus consecuencias tributarias antes de tomar una decisión o firmar documentos.
Recursos y reclamaciones tributarias
Valoración de la vía procedente frente a un acto tributario y, cuando se contrate expresamente, preparación de alegaciones, recurso de reposición, reclamación económico-administrativa u otras actuaciones que correspondan.
Segunda opinión fiscal
Si ya trabajas con una gestoría o asesoría fiscal, puedes encargar una revisión jurídica independiente de una cuestión concreta sin sustituir necesariamente la gestión contable o tributaria que ya tengas contratada.
Fiscalidad en Tenerife: el primer paso es identificar el tributo y la Administración
La fiscalidad canaria tiene particularidades propias. El IGIC grava, entre otras operaciones, entregas de bienes, prestaciones de servicios e importaciones realizadas en las Islas Canarias. Además, la Agencia Tributaria Canaria gestiona procedimientos vinculados a impuestos y figuras como IGIC, AIEM, transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, sucesiones y donaciones o recaudación.
Al mismo tiempo, muchos asuntos de IRPF, Impuesto sobre Sociedades y otros tributos estatales corresponden a la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Por eso, antes de preparar una respuesta, conviene comprobar quién ha dictado el acto, qué impuesto se discute y en qué fase se encuentra el expediente.
Asuntos de IGIC para autónomos y empresas
Un profesional o empresa puede necesitar apoyo para interpretar una operación, revisar una regularización, responder a una comprobación o analizar una discrepancia sobre cuotas, deducciones, censos o documentación. El trabajo jurídico debe partir de los modelos presentados, facturas, contratos y comunicaciones ya recibidas.
Operaciones inmobiliarias, herencias y donaciones
La tributación de una transmisión, una adquisición de inmueble, una herencia o una donación puede depender de datos personales, fechas, valores, residencia y documentación concreta. Antes de presentar o impugnar, conviene separar la explicación general del análisis individual del caso.
Procedimientos ya iniciados
Si existe un expediente abierto, la prioridad es reconstruir lo ocurrido: qué se declaró, qué pidió la Administración, qué se contestó, cuándo se notificó cada actuación y qué resolución existe ahora. Una revisión posterior puede detectar opciones, pero no recupera por sí sola un plazo que ya haya vencido.
Asesoría fiscal en Tenerife o abogado fiscalista: qué servicio necesitas realmente
“Asesoría fiscal” puede referirse a trabajos muy distintos. Si buscas llevar contabilidad, nóminas o presentar declaraciones periódicas, necesitas confirmar expresamente que ese servicio recurrente está disponible y qué tareas incluye. Si el problema es una notificación, un conflicto, una interpretación jurídica o un recurso, el encargo puede centrarse en asesoramiento y defensa tributaria.
Gestión fiscal recurrente
Puede incluir obligaciones periódicas, modelos, contabilidad o seguimiento continuado. No se presume incluida por solicitar una consulta jurídica.
Asesoramiento jurídico tributario
Se centra en una cuestión delimitada: interpretar la normativa aplicable, revisar riesgos, preparar argumentos, redactar escritos o defender una posición ante la Administración.
Si no tienes claro qué modalidad necesitas, describe el problema y el resultado que buscas. Así se puede valorar si procede una consulta puntual, un informe, una actuación ante la Administración o un servicio periódico distinto.
Qué puede incluir el encargo
El presupuesto debe indicar qué trabajo concreto se asume y qué queda fuera. Según el caso, el servicio puede comprender una o varias de estas actuaciones, siempre que se hayan contratado de forma expresa.
- Revisión del expediente: notificaciones, modelos, escritos previos, contratos, facturas y justificantes relevantes.
- Consulta o criterio escrito: respuesta a preguntas delimitadas y explicación de alternativas, riesgos y documentación pendiente.
- Informe fiscal: análisis desarrollado de una operación o controversia concreta, con el alcance acordado.
- Alegaciones o recursos: preparación del escrito correspondiente y, si se incluye, presentación y seguimiento de la fase contratada.
- Coordinación documental: organización de la información necesaria cuando intervienen gestoría, asesoría, empresa, notaría u otros profesionales.


Documentos que conviene preparar
No es necesario enviar todo el archivo de tu actividad en el primer contacto. Empieza por la documentación que permita entender el problema y controlar fechas.
Si has recibido una notificación
- Documento completo, incluidos anexos y referencias del expediente.
- Fecha y forma de recepción.
- Declaraciones o modelos afectados.
- Requerimientos y respuestas anteriores.
- Justificantes de presentación y pago, si existen.
Si consultas una operación
- Resumen de la operación y objetivo que quieres conseguir.
- Personas o sociedades que intervienen.
- Fechas previstas e importes relevantes.
- Contratos, escrituras, facturas o borradores disponibles.
- Información fiscal necesaria para situar el caso.
No envíes contraseñas, códigos de acceso, claves privadas ni archivos de certificado junto con su contraseña.
Cómo se organiza la contratación
Explica el problema
Indica qué ha ocurrido, qué impuesto o ejercicio está afectado, qué Administración aparece en la documentación y si existe una fecha próxima.
Se delimita la revisión
Se identifica qué documentación hace falta, qué profesional puede asumir el asunto y si existe disponibilidad para intervenir dentro del tiempo necesario.
Recibes una propuesta concreta
El presupuesto debe definir objeto, alcance, honorarios, impuestos aplicables, entregable, seguimiento incluido y actuaciones excluidas.
Se ejecuta la actuación contratada
Una vez aceptado el encargo, se realiza el trabajo acordado. Las fases posteriores o actuaciones distintas requieren confirmación si no estaban incluidas.
Honorarios: presupuesto específico para el trabajo que necesitas
El precio depende del alcance real del asunto. No es equivalente revisar una notificación de pocas páginas, reconstruir varios ejercicios, redactar un informe técnico o asumir un procedimiento con diferentes fases.
Antes de contratar, conviene que la propuesta indique qué documentos se revisan, qué resultado recibirás, si se incluye redacción y presentación de escritos, qué seguimiento está previsto y qué actuaciones se presupuestarán aparte.
Servicio fiscal relacionado
Si tu consulta no depende especialmente de Tenerife o quieres revisar el servicio general, puedes consultar la información de Abogados fiscal y tributario. Esta página territorial se centra en asuntos con conexión con Tenerife y en las particularidades que pueden afectar a su tramitación.
Preguntas frecuentes sobre asesoría fiscal en Tenerife
¿Qué diferencia hay entre una asesoría fiscal y un abogado fiscalista?
Una asesoría fiscal puede ocuparse de gestión periódica, modelos y obligaciones recurrentes. Un abogado fiscalista puede centrarse en análisis jurídico, estrategia, alegaciones, recursos y defensa en procedimientos tributarios. El servicio correcto depende del trabajo concreto que necesites.
¿Puedo consultar un problema relacionado con el IGIC?
Sí, puedes solicitar el estudio de una cuestión de IGIC cuando exista una duda jurídica, una operación que quieras revisar, una comprobación, una liquidación, una sanción o un procedimiento ya iniciado. El alcance se concreta después de revisar el caso y la documentación necesaria.
¿Cómo sé si mi asunto corresponde a la Agencia Tributaria Canaria o a la AEAT?
Hay que identificar el impuesto y el órgano que ha emitido el documento. En Canarias existen tributos y procedimientos gestionados por la Agencia Tributaria Canaria y otros de competencia estatal. La notificación o resolución recibida suele ser el punto de partida para determinar la vía correcta.
¿Qué hago si he recibido un requerimiento o una sanción?
Conserva el documento completo, comprueba cuándo lo recibiste y reúne los antecedentes del expediente. No presentes una respuesta improvisada sin saber qué se discute y qué documentación respalda tu posición. Si existe un plazo próximo, indícalo desde el primer contacto.
¿Se puede preparar un recurso tributario desde Tenerife?
Puede estudiarse la procedencia de alegaciones, reposición, reclamación económico-administrativa u otra vía que corresponda al acto recibido. La preparación, presentación y seguimiento solo quedan incluidos cuando se acuerdan expresamente en el encargo.
¿La consulta incluye presentar impuestos o llevar mi contabilidad?
No de forma automática. La consulta jurídica y la defensa tributaria no equivalen a contratar una gestión fiscal recurrente. Si necesitas contabilidad o presentación periódica de modelos, indícalo para comprobar la disponibilidad y recibir una propuesta específica.
¿Qué documentación necesito para una primera revisión?
Si hay un expediente, aporta el documento que origina la consulta, la fecha de recepción, declaraciones afectadas y escritos previos. Si se trata de una operación, resume qué quieres hacer y prepara contratos, escrituras, facturas o borradores relevantes.
¿Cuánto cuesta contratar un asesor fiscal o abogado tributario?
Depende del alcance, la complejidad, el volumen de documentación y la fase del asunto. Se debe presupuestar el trabajo concreto que vaya a realizarse y distinguir una consulta, un informe, un escrito o el seguimiento de un procedimiento.
Explica tu asunto fiscal y pide una propuesta concreta
Resume qué ha ocurrido, qué impuesto o ejercicio está afectado y si tienes alguna notificación con fecha límite. Con esa información se puede valorar el encaje del asunto, la documentación necesaria y el alcance del trabajo.
Contacto: info@pleitex.com
Profesionales especializados


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N.º de colegiado: 20683 · ICAV
Especialidades: Concursal · Empresas · Fiscal


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N.º de colegiado: 142176 · ICAM
Especialidades: Compliance · Contratos · Derecho digital


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N.º de colegiado: 123184 · ICAM
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María José Ruiz Trujillo
N.º de colegiado: 5467 · Ilustre Colegio de Abogados de Cádiz
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Miquel Monteverde Michavila
N.º de colegiado: 883 · ICAATOR
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Guillermo Carlos Calvo Balbuena
N.º de colegiado: 126096 · ICAM
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Miguel Ángel Lechuga Villalobos
N.º de colegiado: 16477 · ICAS
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